Publicado el: 2026-07-29
Actualizado el: 2026-07-29
Los productos energéticos incluidos en la lista, los fertilizantes específicos, los productos agrícolas tropicales, los insumos farmacéuticos que cumplen los requisitos, los artículos para aeronaves civiles y los productos libres de aranceles del T-MEC procedentes de Canadá y México están exentos de los nuevos aranceles de la Sección 301 de EE. UU. que entraron en vigor a las 00:01, hora del este, del 24 de julio de 2026.
La Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos aplicó aranceles adicionales del 10% o del 12,5% a las importaciones procedentes de 60 economías que representan el 99,4% de las importaciones estadounidenses, alegando que estas no han impuesto ni aplicado eficazmente las prohibiciones sobre los productos elaborados con trabajo forzoso.

La exposición ahora depende de tres cuestiones: si un producto aparece en los anexos de exención, si el arancel se añade en su totalidad o solo cubre un hueco hasta alcanzar un umbral, y cómo se combina con los gravámenes ya vigentes.
La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) inició 60 investigaciones el 12 de marzo de 2026, celebró audiencias los días 28 y 29 de abril, publicó sus conclusiones el 2 de junio, llevó a cabo una segunda ronda de audiencias sobre las medidas correctivas propuestas del 7 al 9 de julio y anunció la decisión final el 23 de julio bajo la dirección del embajador Jamieson Greer.
El momento elegido se produjo tras un reajuste legal. El 20 de febrero de 2026, el Tribunal Supremo dictaminó en el caso Learning Resources, Inc. contra Trump que la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional no autoriza la imposición de aranceles.
La administración aplicó un recargo temporal del 10 % en virtud del artículo 122 de la Ley de Comercio, con un límite de 150 días, y los nuevos aranceles del artículo 301 entraron en vigor al finalizar dicho período. El artículo 301 se ha convertido en una de las principales facultades de la administración para imponer aranceles.
Las mercancías cargadas en un buque y que ya se encontraban en tránsito por su medio de transporte final antes de la aplicación del arancel quedaron exentas del mismo si se despacharon para consumo antes de las 00:01 del 28 de julio.
Cuatro tratamientos se engloban dentro de una gama principal que parece uniforme.
| Tratamiento | Economías | Mecanismo |
|---|---|---|
| 10% adicional | 17, incluidos el Reino Unido, India, Canadá, México, Indonesia y Malasia. | Añadido al arancel normal de la primera columna (NMF). |
| NMF más nuevo arancel limitado al 10% | Unión Europea, Taiwán | El nuevo arancel cubre únicamente la diferencia entre la tasa NMF y el 10%. |
| NMF más nuevo arancel limitado al 12,5% | Japón, Corea del Sur, Suiza | El nuevo arancel cubre únicamente la diferencia entre la tasa NMF y el 12,5%. |
| 12,5% adicional | Los 38 restantes, incluidos China, Vietnam, Brasil y Rusia. | Añadido al arancel normal de la primera columna (NMF). |
Un producto europeo sujeto a un arancel NMF del 9 % está sujeto a un arancel del 1 % según la Sección 301. Si el arancel NMF ya alcanza el umbral, el nuevo componente es cero. Un producto equivalente procedente de una economía con aranceles combinados absorbe el 12,5 % adicional a su arancel actual.
El límite máximo cubre únicamente el arancel NMF y este cargo de la Sección 301. La Nota 52 de EE. UU. mantiene otros aranceles, impuestos, tasas y cargos, por lo que una tasa máxima no constituye un tope para el costo total del arancel.
Los aranceles aplicables son acumulativos, no alternativos, por lo que los modelos de costo de importación generalmente deben considerar el arancel NMF, los aranceles heredados de la Sección 301, el nuevo arancel por trabajo forzoso y los derechos antidumping o compensatorios. El cálculo preciso depende de las partidas pertinentes del HTSUS y del Capítulo 99, las normas de valoración y las órdenes antidumping o compensatorias vigentes.
Los productos chinos están sujetos al nuevo arancel, además de los aranceles vigentes en virtud de la Sección 301. Brasil se encuentra en el grupo del 12,5%, mientras que enfrenta una medida separada del 25% en virtud de la Sección 301, que entró en vigor el 22 de julio. La suspensión mundial de la exención de minimis de 800 dólares, vigente desde el 29 de agosto de 2025, significa que los paquetes de bajo valor no reciben ningún beneficio general.
El acero, el aluminio, el cobre, las categorías específicas de vehículos y autopartes, los productos de madera y los semiconductores contemplados en las medidas del artículo 232 quedan fuera del nuevo arancel.
Esto evita que el impuesto se aplique por encima de dichas medidas sectoriales, en lugar de facilitar un acceso más económico, y se aplica a través de partidas específicas del HTSUS y del Capítulo 99, en lugar de por sector industrial. La obligación se genera a partir de la fecha de entrada, que es la que activa los devengos y las notificaciones de precios al cliente.
El Anexo II, Parte A, enumera más de 2100 líneas arancelarias disponibles para las 60 economías, con 471 productos adicionales exentos tras recibir comentarios del público. De estos, 541 se aplican únicamente a mercancías destinadas a la aviación civil y 700 únicamente a mercancías destinadas a la industria farmacéutica.
| Categoría exenta | Ejemplos | El alivio de costos llega |
|---|---|---|
| Energía | Petróleo crudo, productos refinados, GNL, propano, carbón | Refinerías, servicios públicos, productos químicos, transporte |
| Fertilizante | Nitrógeno, fosfato, potasa | Agricultores, procesadores de alimentos |
| agricultura tropical | Café, cacao, té, especias, plátanos | Grupos de alimentos y bebidas, tiendas de comestibles |
| Solo para uso farmacéutico | Ingredientes activos, excipientes, intermedios | Fabricantes de medicamentos, distribuidores de productos sanitarios |
| Solo para uso en aeronaves civiles | Motores, piezas, subconjuntos, simuladores | Fabricantes aeroespaciales, aerolíneas |
| Minerales críticos | Níquel, cobalto, manganeso, tierras raras | Cadenas de suministro industriales y de baterías |
Ninguna de estas categorías constituye una exención general para todo el sector. La exención se aplica únicamente a las clasificaciones del HTSUS incluidas en la lista y a las condiciones de uso final especificadas. La USTR restringió la designación farmacéutica tras un período de consulta pública, por lo que un producto químico incluido en la lista puede seguir sujeto a aranceles cuando se importe con fines no farmacéuticos.
Los artículos aeronáuticos deben cumplir con la Nota General 6. Una exención adicional para artículos farmacéuticos patentados entró en vigor para las entradas realizadas a partir de las 00:01 del 31 de julio, una fecha escalonada que conviene comprobar con los registros de entrada.
El Centro de Política Fiscal estima que más de 4000 artículos y poco más de la mitad de las importaciones procedentes de las economías objetivo están exentas, y calcula que el impacto en los ingresos ascenderá a unos 581 000 millones de dólares durante el período presupuestario. Estas son proyecciones independientes, no cifras oficiales de ingresos.
Los principales beneficiarios de los aranceles globales en 2026 son los importadores de bienes exentos y los exportadores que enfrentan aranceles máximos. Los productos energéticos, fertilizantes, agrícolas tropicales, insumos farmacéuticos que cumplen con los requisitos y artículos para aeronaves civiles incluidos en la lista quedan exentos del nuevo arancel de la Sección 301 de EE. UU., mientras que los productos de la UE, Taiwán, Japón, Corea y Suiza enfrentan un arancel combinado máximo en lugar de un arancel completo.
Más allá de este resumen, cualquier análisis de los países que se beneficiarán de los aranceles globales en 2026 debe distinguir entre los exportadores que obtuvieron una ventaja relativa en costos y aquellos que simplemente evitaron un aumento mayor. Un proveedor que se encuentre dentro del rango del 10% aún puede perder cuota de mercado si sus aranceles base son altos, si se aplica una orden antidumping o si los compradores pueden abastecerse a nivel nacional.
Las exenciones para la energía y los fertilizantes ilustran este punto. Protegen a los compradores estadounidenses y a los usuarios finales de un nuevo costo, al tiempo que niegan a los productores nacionales la protección adicional que habría generado un arancel sobre las importaciones competidoras.
Los fabricantes nacionales son los que más se benefician cuando sus competidores importadores están sujetos a aranceles, sus propios insumos están exentos o se obtienen localmente, y existe capacidad ociosa para aumentar la producción.
Las empresas que dependen de componentes sujetos a aranceles y venden en mercados sensibles a los precios obtienen pocas ventajas. Se trata de ventajas relativas, no de resultados garantizados.
Los productos canadienses y mexicanos que ingresaron libres de aranceles bajo el T-MEC quedan excluidos, lo que favorece a los fabricantes estadounidenses que obtienen componentes que cumplen con el acuerdo y a los proveedores que pueden documentar las reglas de origen. Los productos que no cumplen con los requisitos de origen o documentación aplicables siguen sujetos al arancel del 10 %.
El Anexo II, Parte O, abarca 1737 líneas de textiles y prendas de vestir para Jordania y productos elegibles de El Salvador y Guatemala. El Anexo I exime por separado a los productos textiles y de prendas de vestir que ingresaron libres de aranceles bajo el CAFTA-DR desde Costa Rica, República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, fortaleciendo así las cadenas de producción de prendas de vestir centroamericanas frente a sus competidores asiáticos.
La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) ordenó el establecimiento, a la mayor brevedad posible, de contingentes arancelarios trienales para determinados textiles procedentes de Bangladesh, Camboya, Indonesia y Malasia, vinculados a las compras de algodón estadounidense. No se publicó ninguna estructura ni fecha de entrada en vigor, por lo que se trata de un mecanismo planificado más que operativo.
El 24 de julio se presentaron dos demandas ante el Tribunal de Comercio Internacional: una contra Learning Resources y otras empresas implicadas en el litigio anterior, y otra interpuesta por Burlap & Barrel y Collective Horology junto con el Liberty Justice Center.
Ambas cuestiones plantean si la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) formuló conclusiones suficientemente específicas para cada economía y si se permiten medidas correctivas prácticamente uniformes. Estas son alegaciones, no resoluciones judiciales.
El litigio anterior en China contra HMTX Industries confirmó la autoridad de la USTR, en virtud del artículo 307, para modificar una acción existente en virtud del artículo 301. Esto no valida automáticamente las conclusiones iniciales ni las medidas correctivas estandarizadas en estas 60 nuevas investigaciones, y el tribunal no ha respondido a esa pregunta.
A las 12:01 a. m., hora del este, del 24 de julio de 2026, cuando el recargo temporal de la Sección 122 llegó al final de su período de 150 días.
Diecisiete economías se enfrentan a un arancel adicional del 10%, y 38 a uno del 12,5%. Para la UE y Taiwán, el arancel NMF más el nuevo arancel tiene un límite del 10%. Para Japón, Corea del Sur y Suiza, el límite es del 12,5%.
No. La exención se aplica únicamente a esta acción del artículo 301. Los derechos de nación más favorecida, las medidas del artículo 232, los derechos antidumping y compensatorios, y los derechos heredados de China siguen aplicándose cuando corresponda.
No existe un plazo de caducidad de 150 días. Una acción conforme a la Sección 301 puede finalizar después de cuatro años si no se presenta una solicitud de prórroga que cumpla con los requisitos. Si se prorroga, la USTR realiza una revisión legal y puede modificarla o finalizarla anticipadamente.